“Proyectos concursables Mineduc para la implementación del programa ‘A Convivir se Aprende’, en Servicios Locales de Educación Pública 2026-2027”
Objetivo General y convocatoria
A través del presente concurso se busca fortalecer en los equipos de gestión y de convivencia escolar, a nivel de sostenedores y establecimientos educacionales de comunas focalizadas que forman parte de Servicios Locales de Educación Pública, las competencias y habilidades necesarias para enfrentar y prevenir la violencia escolar, y para promover la convivencia escolar y el bienestar socioemocional, mediante un modelo de acompañamiento con enfoque territorial y de escuela total.
Con el propósito de dar cumplimiento a la finalidad señalada, La Subsecretaría de Educación convoca a las Universidades públicas y privadas chilenas (en adelante e indistintamente “las Universidades” o las “Instituciones” y sus respectivos singulares), con acreditación institucional de 4 años o más, por parte de la Comisión Nacional de Acreditación vigente a la fecha de publicación del presente documento, para que, cumpliendo con las especificaciones administrativas y técnicas contenidas en las presentes bases, postulen al concurso “Proyectos Concursables Mineduc para la Implementación del Programa ‘A Convivir Se Aprende´ en los Servicios Locales de Educación Pública 2026-2027”.
Con dicho propósito y para lograr los objetivos específicos de la convocatoria, las Universidades podrán presentar un solo proyecto por Servicio Local de Educación Pública, pudiendo en todo caso postular y adjudicarse, con proyectos diversos, una o más Servicios Locales de Educación Pública
Con todo, en cada Servicio Local de Educación Pública solo existirá una única institución adjudicataria.
Objetivos Específicos de la convocatoria
Público Objetivo
El programa, respecto del cual se llama a concurso de proyectos, está dirigido a equipos de gestión y de convivencia escolar de los establecimientos educacionales regidos por el D.F.L. Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y por el Decreto Ley Nº 3.166, de 1980 y los establecimientos dependientes de Servicios Locales de Educación Pública.
Para los efectos de las presentes bases, las comunas y establecimientos priorizados en función de los siguientes indicadores: pertenecer a un Servicio Local de Educación Pública, el número de denuncias reportadas por la Superintendencia de Educación; consulta regional a través de las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación y Servicios Locales de Educación Pública; el criterio de vulnerabilidad disponible en la respectiva región, en general (por ejemplo: el Índice de Vulnerabilidad Escolar, IVE), o para cada comuna en particular, la que será determinada y puesta en conocimiento de los postulantes por la División de Educación General; y el criterio de urgencia aplicado por desastres socio-naturales.
Instituciones Elegibles
Se adjudicarán los proyectos presentados por Universidades públicas o privadas con acreditación institucional de 4 años o más por parte de la Comisión Nacional de Acreditación a la fecha de publicación de las presentes bases y que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Acreditar experiencia en intervención, formación e investigación sobre temáticas de convivencia escolar, violencia escolar y/o atención en crisis.
b) Encontrarse al día en la presentación de las rendiciones de cuentas en convenios suscritos con La Subsecretaría de Educación, si los hubiere.
9. Postulación
Las Universidades que postulen con sus proyectos al concurso deben presentar todos los documentos y antecedentes que se indicarán a continuación.
No se aceptarán postulaciones fuera del plazo indicado, ni por otro medio a los descritos en los números 14.2 y 14.3. de estas bases.
Mecanismo de postulación
Las postulaciones se realizarán de manera digital, vía correo electrónico, enviadas a concursoconvivencia@mineduc.cl, debiendo conservar los originales por si son solicitados por el Ministerio de Educación.
El envío de las postulaciones debe cumplir con los siguientes requisitos:
e) Las Instituciones de Educación Superior deberá contar con al menos dos años de acreditación por parte de la Comisión Nacional de Acreditación.
f) La carpeta de postulación deberá incorporar además la siguiente documentación:
Las Universidades postulantes deberán cumplir con todos los requisitos señalados en el numeral anterior, los que serán publicados junto con información y documentos requeridos, en el sitio web del Ministerio de Educación https://convivenciaparaciudadania.mineduc.cl/
Al recibir la postulación, se confirmará su recepción vía correo electrónico al remitente identificado en los documentos de postulación y al correo desde donde se envió la postulación en un plazo máximo de 15 días hábiles.
Plazo de postulación
Las propuestas deben ser presentadas dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la publicación del acto administrativo que apruebe las presentes Bases y hasta las 23:59 horas del día en que se venza este plazo.
Fecha límite: 26 de marzo de 2026 a las 23:59 hora